Legislación › Ley 7/1990, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 1991.
Disposición transitoria cuarta.
Disposición transitoria cuarta.
Se autoriza al Consejero de Hacienda, Economía y Planificación a realizar, en los créditos de gastos de personal, las modificaciones presupuestarias necesarias para su ajuste a las alteraciones de las relaciones de puestos de trabajo y de la plantilla que resulten aprobadas con arreglo a lo dispuesto en esta Ley y demás disposiciones legales.
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