Legislación › Ley 1/1991, de 28 de enero, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Artículo 51. Procedimientos y sanciones al personal estadístico.
Artículo 51. Procedimientos y sanciones al personal estadístico.
Los procedimientos y las sanciones aplicables a las infracciones a que se refiere el artículo anterior se regularán de acuerdo con lo establecido en la legislación específica que en cada caso corresponda.


