Legislación › Ley 1/1991, de 28 de enero, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Disposición adicional primera. Régimen de Acuerdo de Organos Colegiados.
Disposición adicional primera. Régimen de Acuerdo de Organos Colegiados.
Para lo no expresamente establecido en la presente Ley, se aplicará supletoriamente el Régimen de Acuerdos de Organos Colegiados regulado en el capítulo II del título I de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo.


