Legislación › Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, por el que se reordena la Organización Nacional de Ciegos Españoles.
Artículo 2. Misión y fines.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de marzo de 1991 y la del 2 de diciembre de 2005.
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Artículo 2. Fines.
1. La Organización Nacional de Ciegos Españoles ordenará su actuación a la consecución de la autonomía personal y plena integración de los deficientes visuales las personas ciegas y con deficiencia visual grave en la Sociedad, desarrollando, sociedad, para lo que desarrollará, entre otras, las actividades siguientes:
a) Prevención, detección temprana y diagnóstico de la ceguera y deficiencia visual. visual grave.
b) Preparación de estadísticas y registros que permitan la planificación.
c) Atención educativa.
d) Formación y capacitación profesional.
e) Promoción profesional y ocupacional, colocación y empleo.
f) Producción y distribución de depósitos bibliográficos y política de promoción cultural, en general.
g) Investigación sobre instrumentos auxiliares, técnica de tratamientos específicos y otros aspectos de naturaleza similar.
h) Orientación y rehabilitación en situaciones que puedan afectar a la ceguera y a la deficiencia visual. visual grave.
i) Mentalización social.
2. Los planes y programas de servicios para deficientes visuales personas ciegas y con deficiencia visual grave que la Organización organización acuerde y ejecute se coordinarán con los objetivos y criterios en materia de política social del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y de los demás órganos competentes de las Administraciones Públicas. públicas.
3. La ONCE colaborará con el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y las restantes demás Administraciones Públicas, públicas, así como con las Entidades entidades privadas, en la ejecución de las políticas de integración social de las personas con minusvalía, discapacidad, a través de la articulación de los mecanismos de solidaridad y cooperación que se establezcan mediante Convenio. convenio.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de marzo de 2011 En vigor | BOE-A-2011-5198 | Leer | Qué cambió |
| 2 de diciembre de 2005 | BOE-A-2005-19791 | Leer | Qué cambió |
| 22 de marzo de 1991 | Texto original | Leer |


