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Legislación › Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, por el que se reordena la Organización Nacional de Ciegos Españoles.

Disposición final primera.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de septiembre de 2008 y la del 27 de mayo de 2021. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (8 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición final primera.
Se faculta a la Ministra persona titular del Ministerio de Asuntos Derechos Sociales y Agenda 2030 para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de este Real Decreto, que entrará en vigor el dia siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
27 de mayo de 2021 En vigor BOE-A-2021-8750 Leer Qué cambió
1 de septiembre de 2008 BOE-A-2008-14464 Leer

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