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Legislación › Ley 3/1991, de 21 de marzo, de Elecciones a la Diputación General de La Rioja.

Disposición adicional cuarta.

Disposición adicional cuarta.

En todo lo no expresamente regulado por esta Ley o por las normas aplicables de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General en materia de procedimiento, será de aplicación la Ley de Procedimiento Administrativo.

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