Legislación › Ley 3/1991, de 21 de marzo, de Elecciones a la Diputación General de La Rioja.
Disposición adicional quinta.
Disposición adicional quinta.
Los plazos a que se refiere esta Ley son improrrogables y se entienden referidos, siempre, en días naturales.
← Disposición adicional cuarta Índice Disposición adicional sexta →


