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Legislación › Ley 1/1991, de 30 de enero, de espacios naturales y de régimen urbanístico de las áreas de especial protección de las Islas Baleares.

Disposición derogatoria.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de marzo de 1991 y la del 8 de febrero de 1993. Tachado: lo que se quitó (5 palabras). Subrayado: lo que se añadió (28 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición derogatoria.
Quedan derogadas fuera del ámbito de los espacios naturales previstos, las normas contrarias a las disposiciones subsidiarias que fueron aprobadas por el Gobierno balear al objeto de esta posibilitar el estudio, redacción, tramitación y aprobación de la presente Ley.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de febrero de 1993 En vigor BOE-A-1993-4521 Leer Qué cambió
10 de marzo de 1991 Texto original Leer

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