Legislación › Ley 4/1991, de 13 de marzo, de Creación como Entidad Autónoma de la Generalidad Valenciana, del Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias (IVIA).
Artículo 4.
Artículo 4.
1 La estructura básica del Instituto estará constituida por los siguientes órganos:
a) El Consejo Rector.
b) El Consejo Científico.
c) La Dirección.
d) La Gerencia.
e) Las unidades de investigación, de administración y de servicios técnicos.
2. El Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias estará regido por el Consejo Rector y la Dirección del Instituto.
3. La estructura y funciones de las unidades de investigación, de administración y de servicios técnicos se establecerán en el reglamento del instituto y como órganos de trabajo dependerán de la dirección del mismo.
Se modifica por el art. 240 de la Ley 8/2022, de 29 de diciembre. BOE-A-2023-5482
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2023 En vigor | BOE-A-2023-5482 | Leer | Qué cambió |
| 19 de marzo de 1991 | Texto original | Leer |


