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Legislación › Ley 1/1991, de 14 de marzo, por la que se crea y regula la Comarca de El Bierzo.

Artículo 4.

Artículo 4.

La Comarca de El Bierzo ejercerá, en todo caso, competencias, en los términos que establezcan la legislación básica y autonómica sobre régimen local, y las leyes reguladoras de los distintos sectores de acción pública, en las siguientes materias:

a) Ordenación del territorio.

b) Urbanismo.

c) Salud pública.

d) Asistencia social, servicios sociales y desarrollo comunitario.

e) Familia, juventud y mujer.

f) Cultura.

g) Deporte.

h) Prevención y protección del medio ambiente.

i) Turismo.

j) Artesanía.

k) Agricultura y ganadería.

l) Montes.

m) Energía y minas.

n) Industria.

o) Ferias y mercados comarcales.

p) Enseñanza.

q) Defensa de los consumidores y usuarios.

r) Protección civil.

Se modifica por el art. único.4 de la Ley 17/2010, de 20 de diciembre. BOE-A-2011-403

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
22 de diciembre de 2010 En vigor BOE-A-2011-403 Leer Qué cambió
9 de abril de 1991 Texto original Leer

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