Legislación › Ley 1/1991, de 14 de marzo, por la que se crea y regula la Comarca de El Bierzo.
Artículo 4.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de abril de 1991 y la del 22 de diciembre de 2010.
Tachado: lo que se quitó (39 palabras). Subrayado: lo que se añadió (73 palabras).
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Artículo 4.
La Comarca de El Bierzo ejercerá las competencias ejercerá, en todo caso, competencias, en los términos que le atribuyan establezcan la legislación básica y autonómica sobre régimen local, y las leyes reguladoras de los distintos sectores de acción pública sobre pública, en las siguientes materias:
1. a) Ordenación del territorio y urbanismo. territorio.
2. Sanidad. b) Urbanismo.
3. Servicios sociales. c) Salud pública.
4. Cultura d) Asistencia social, servicios sociales y deporte. desarrollo comunitario.
5. Salubridad pública e) Familia, juventud y mujer.
f) Cultura.
g) Deporte.
h) Prevención y protección del medio ambiente.
6. Turismo y tradiciones populares. i) Turismo.
7. j) Artesanía.
8. Agricultura, ganadería k) Agricultura y montes. ganadería.
9. Minería. l) Montes.
10. m) Energía y minas.
n) Industria.
o) Ferias y mercados comarcales.
11. Energía p) Enseñanza.
q) Defensa de los consumidores y promoción industrial. usuarios.
r) Protección civil.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de diciembre de 2010 En vigor | BOE-A-2011-403 | Leer | Qué cambió |
| 9 de abril de 1991 | Texto original | Leer |


