Legislación › Ley de Cantabria 3/1992, de 18 de marzo, de Protección de los Animales.
Artículo 58.
Artículo 58.
(Sin contenido)
Se renumera como art. 57 por el artículo único.6 de la Ley 8/1997, de 30 de diciembre. BOE-A-1998-2748.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de diciembre de 1997 En vigor | BOE-A-1998-2748 | Leer | Qué cambió |
| 16 de abril de 1992 | Texto original | Leer |


