Legislación › Ley de Cantabria 3/1992, de 18 de marzo, de Protección de los Animales.
Artículo 51.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de abril de 1992 y la del 31 de diciembre de 1997.
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Artículo 51.
Tendrán la consideración de infracciones menos muy graves:
1. Cazar sin licencia. Colocar, suprimir o alterar los carteles o señales indicadoras de la
2. El incumplimientonormativa dictada condición cinegética de un terreno para inducir a error sobre la caza ella.
2. Entrar sin el debido permiso en batida. terrenos de aprovechamiento cinegético especial portando artes o medios prohibidos legal o reglamentariamente.
3. La utilización Portar arma de perros con fines cinegéticos caza lista para su uso, aun cuando no estuviese cargada, en época las zonas de veda. seguridad.
4. Alterar precintos y marcas reglamentarias. La introducción, traslado, transportes o suelta de especies de la fauna silvestre, sin la debida autorización.
5. El incumplimiento aprovechamiento alusivo y desordenado de las condiciones fijadas especies existentes en los permisos un coto de «caza fotográfica». caza o
6. Impedirtratar de impedir la entrada a los cazadores que pretendan cazar en un terreno rural cercado, no sometido a otro régimen cinegético especial, en el que existiendo accesos practicables no tengan junto a los mismos carteles indicadores prohibiendo el paso al interior del recinto. incumplimiento de
7. La faltaatención por los titulares planes técnicos de cotos aprovechamiento cinegético. Puede llevar consigo la anulación de caza respecto a la adecuada protección y fomento declaración de las especies cinegéticas. acotado.
8. No cumplir las condiciones técnicas que se dicten sobre el cerramiento de terrenos constituidos en cotos 6. Cazar teniendo retirada la licencia de caza. caza o
9. No cumplir las normas que se dicten sobre reduccióneliminación estar privado de la caza en los terrenos cercados con el fin facultad de proteger los cultivos del interior del cerramiento obtenerla, por sentencia judicial o los de las fincas colindantes. por resolución administrativa firme.
10. Poseer 7. Cazar desde aeronave, automóvil o transportar en época hábil piezas cualquier otro medio de caza cuya edad locomoción, cuyo uso para esta finalidad no esté reglamentariamente autorizado, o sexo, transportar en el caso de que sean notorios, ellos armas desenfundadas o listas para su uso, aun cuando no concuerden con los legalmente permitidos. estuviesen cargadas.
11. No cumplir las normas sobre caza, 8. Cazar en cauces de ríos, arroyos y canales que atraviesen o linden con terrenos sometidos a régimen cinegético especial o cazar en estos lugares quienes especial, aun cuando no estén se haya cobrado pieza alguna, sin estar en posesión del oportuno correspondiente permiso.
12. Transitar con perros por zonas de seguridad, sin ocuparse de evitar que el animal dañe, moleste o persiga a la fauna cinegética, sus crías o sus huevos. 9. Cazar
13. Cazar en un terreno cercado no acogido a otro régimen cinegético especial cuando existan en sus accesos señales o carteles que prohíban cazar en su interior.
14.en los llamados días sin cumplir las medidas de fortina; es decir, en aquellos en los seguridad que como consecuencia de incendios, epizootias, inundaciones, sequías u otras causas, los animales se ven privados de sus facultades normales de defensa u obligados a concentrarse en determinados lugares. especifiquen reglamentariamente cuando
15. Cazar en días de nieveésta cubra de forma continua el suelo o cuando, por causa de la misma, queden reducidas las posibilidades de defensa de las piezas de caza. se utilicen armas largas rayadas.
16. Cazar sirviéndose de animales o vehículos como medios de ocultación.
17. Tirar con fines de caza alambres o redes en arroyos, ríos o embalses o extender estas celosías en lugares 10. Los supuestos de entrada resistencia reiterada, coacción, amenaza, violencia, desacato o salida de aves aprovechando el paso cualquier otra forma de ellas. presión ejercida sobre los
18. Falseardatos en la solicitud guardas, otros agentes de la licencia autoridad o funcionarios que intervengan por razón de caza. su cargo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2003 En vigor | BOE-A-2003-1590 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 1997 | BOE-A-1998-2748 | Leer | Qué cambió |
| 16 de abril de 1992 | Texto original | Leer |


