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Legislación › Ley 1/1992, de 11 de marzo, de Artesanía de Galicia.

Artículo duodécimo.

Artículo duodécimo.

Se creará el Centro Gallego de la Artesanía y Diseño, con la estructura y funciones que reglamentariamente se determinen.

El objetivo fundamental de este Centro será dotar al sector artesano gallego de los profesionales y técnicos que necesite, mediante una formación profesional no reglada y de carácter práctico, oído el Consejo Gallego de Enseñanzas Técnico-Profesionales.

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