Legislación › Ley 1/1992, de 11 de marzo, de Artesanía de Galicia.
Artículo duodécimo.
Artículo duodécimo.
Se creará el Centro Gallego de la Artesanía y Diseño, con la estructura y funciones que reglamentariamente se determinen.
El objetivo fundamental de este Centro será dotar al sector artesano gallego de los profesionales y técnicos que necesite, mediante una formación profesional no reglada y de carácter práctico, oído el Consejo Gallego de Enseñanzas Técnico-Profesionales.


