Legislación › Ley 2/1992, de 26 de marzo, del Gobierno Valenciano, de saneamiento de aguas residuales de la Comunidad Valenciana.
Artículo 10. Principio de coherencia.
Artículo 10. Principio de coherencia.
La elaboración y aprobación de la planificación de saneamiento y depuración prevista en la Ley, así como la del planeamiento territorial y urbanístico, se basarán en la necesidad de garantizar la coherencia entre las determinaciones de dichos tipos de planes en aquellos aspectos que deban ser regulados en ambos marcos de planificación.


