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Legislación › Ley 2/1992, de 26 de marzo, del Gobierno Valenciano, de saneamiento de aguas residuales de la Comunidad Valenciana.

Artículo 9. Obras.

Artículo 9. Obras.

1. La ejecución de las obras e instalaciones referidas en el punto b del apartado 1 del artículo 1 de esta ley, por constituir infraestructuras de interés comunitario, no estarán sometidas a la obtención de licencia municipal. La adecuación entre las obras y el planeamiento se verificará conforme a lo dispuesto en la legislación urbanística.

2. La iniciación de las obras y la puesta en marcha de las instalaciones habrán de ser comunicadas a los ayuntamientos afectados si su ejecución o gestión correspondiera a otras administraciones o entidades.

Se modifica por el art. 87 de la Ley 9/2019, de 23 de diciembre. BOE-A-2020-1010

Se modifica el apartado 1 por el art. 30 de la Ley 10/1998, de 28 de diciembre. BOE-A-1999-3255.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2020 En vigor BOE-A-2020-1010 Leer Qué cambió
1 de enero de 1999 BOE-A-1999-3255 Leer Qué cambió
9 de abril de 1992 Texto original Leer

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