Legislación › Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía.
Disposición final primera.
Disposición final primera.
El Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión Interdepartamental que a su efecto se constituya, determinará el modelo organizativo más conveniente de la Administración Forestal Andaluza en aras al mejor cumplimiento de los fines de esta Ley.
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