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Legislación › Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía.

Disposición final primera.

Disposición final primera.

El Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión Interdepartamental que a su efecto se constituya, determinará el modelo organizativo más conveniente de la Administración Forestal Andaluza en aras al mejor cumplimiento de los fines de esta Ley.

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