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Legislación › Real Decreto 646/1992, de 12 de junio, por el que se establecen los requisitos de sanidad animal aplicables a los productos cárnicos importados de países terceros.

Artículo 3.

Artículo 3.

Quedan excluidos del ámbito de aplicación del presente Real Decreto:

1. Los productos cárnicos elaborados con carnes frescas de ave.

2. Los productos cárnicos elaborados con las carnes frescas contempladas en el artículo 5 de la Directiva 64/433/CEE y en las disposiciones correspondientes del artículo 20 de la Directiva 72/462/CEE.

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