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Legislación › Ley 13/1991, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Disposición transitoria segunda.

Disposición transitoria segunda.

En tanto no se dicte el decreto legislativo a que hace referencia la disposición final primera, apartado 1, las tasas actuales se seguirán aplicando de acuerdo con sus normas reguladoras.

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