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Legislación › Ley 4/1992, de 8 de julio, de Coordinación de Policías Locales.

Artículo 20. Comisión Regional de Coordinación de Policías Locales.

Artículo 20. Comisión Regional de Coordinación de Policías Locales.

Adscrita a la Consejería competente se crea la Comisión Regional de Coordinación de Policías Locales, como órgano consultivo, deliberante y de participación.

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