Legislación › Ley 4/1992, de 8 de julio, de Coordinación de Policías Locales.
Artículo 20. Comisión Regional de Coordinación de Policías Locales.
Artículo 20. Comisión Regional de Coordinación de Policías Locales.
Adscrita a la Consejería competente se crea la Comisión Regional de Coordinación de Policías Locales, como órgano consultivo, deliberante y de participación.


