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Ley 4/1992, de 8 de julio, de Coordinación de Policías Locales.

Derogada o sin vigencia Comunidad de Madrid · Publicada el 20 de agosto de 1992 · Último cambio el 12 de marzo de 2018 · Ver en el BOE

Índice

  1. no 2 redacciones · cambió el 12/03/2018
  2. Preámbulo
  3. TÍTULO I
  4. CAPÍTULO I
  5. Artículo 1. Objeto.
  6. Artículo 2. Creación de Cuerpos de Policía Local.
  7. Artículo 3. Denominación.
  8. Artículo 4. Naturaleza jurídica.
  9. Artículo 5. Ámbito territorial.
  10. Artículo 6. Agentes Auxiliares.
  11. Artículo 7. Uniformidad.
  12. Artículo 8. Armamento.
  13. CAPÍTULO II
  14. Artículo 9. Gestión Directa.
  15. Artículo 10. Funciones.
  16. Artículo 11. Deber de comunicación.
  17. CAPÍTULO III
  18. Artículo 12. Principios básicos de actuación.
  19. Artículo 13. Adecuación al ordenamiento jurídico.
  20. Artículo 14. Relaciones con la comunidad.
  21. Artículo 15. Tratamiento de los detenidos.
  22. Artículo 16. Dedicación profesional.
  23. Artículo 17. Secreto profesional.
  24. Artículo 18. Responsabilidad personal.
  25. TÍTULO II
  26. Artículo 19. Coordinación.
  27. Artículo 20. Comisión Regional de Coordinación de Policías Locales.
  28. Artículo 21. Composición de la Comisión.
  29. Artículo 22. Nombramiento de los miembros de la Comisión.
  30. Artículo 23. Régimen de convocatorias.
  31. Artículo 24. Régimen de funcionamiento.
  32. Artículo 25. Funciones de la Comisión. 4 redacciones · cambió el 04/11/1992
  33. Artículo 26. Policías Locales Supramunicipales. 3 redacciones · cambió el 04/11/1992
  34. Artículo 27. Actuación supramunicipal. 3 redacciones · cambió el 11/03/1993
  35. Artículo 28. Colaboración entre municipios. 3 redacciones · cambió el 11/03/1993
  36. Artículo 29. Juntas Locales de Seguridad. 3 redacciones · cambió el 04/11/1992
  37. TÍTULO III
  38. CAPÍTULO I
  39. Artículo 30. Escalas y categorías.
  40. Artículo 31. Plantillas.
  41. Artículo 32. Jefatura del Cuerpo. 3 redacciones · cambió el 31/12/2015
  42. Artículo 33. Régimen estatutario.
  43. CAPÍTULO II
  44. Artículo 34. Acceso al cuerpo. 3 redacciones · cambió el 31/12/2015
  45. Artículo 35. Bases de selección. 4 redacciones · cambió el 31/12/2015
  46. Artículo 36. Convocatorias de pruebas selectivas.
  47. Artículo 37. Promoción interna. 2 redacciones · cambió el 31/12/2015
  48. Artículo 38. Movilidad. 2 redacciones · cambió el 30/12/2013
  49. CAPÍTULO III
  50. Artículo 39. Jubilación y segunda actividad.
  51. Artículo 40. Deberes específicos.
  52. Artículo 41. Derechos.
  53. Artículo 42. Salud laboral.
  54. Artículo 43. Interdicción de la huelga.
  55. Artículo 44. Acción premial.
  56. CAPÍTULO IV
  57. Artículo 45. Faltas muy graves.
  58. Artículo 46. Faltas graves.
  59. Artículo 47. Faltas leves.
  60. Artículo 48. Sanciones.
  61. Artículo 49. Graduación de las sanciones.
  62. Artículo 50. Prescripción.
  63. Artículo 51. Procedimiento sancionador.
  64. Artículo 52. Competencia sancionadora.
  65. Artículo 53. Medidas preventivas.
  66. Disposición adicional primera.
  67. Disposición adicional segunda. 2 redacciones · cambió el 31/12/2015
  68. Disposición adicional tercera. Las Brigadas Especiales de Seguridad de la Comunidad de Madrid.
  69. Disposición adicional cuarta. Adaptación de calificaciones.
  70. Disposición transitoria primera. 2 redacciones · cambió el 31/12/2015
  71. Disposición transitoria segunda.
  72. Disposición derogatoria primera.
  73. Disposición derogatoria segunda.
  74. Disposición final primera.
  75. Disposición final segunda. 2 redacciones · cambió el 31/12/2015
  76. Disposición final tercera.
  77. Firma
  78. [Información relacionada]