Legislación › Ley 4/1992, de 8 de julio, de Coordinación de Policías Locales.
Artículo 12. Principios básicos de actuación.
Artículo 12. Principios básicos de actuación.
Los miembros de los Cuerpos de Policía Local deberán sujetarse en su actuación a los principios básicos recogidos en esta Ley y en el Capítulo II del Título I de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.


