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Legislación › Ley 4/1992, de 8 de julio, de Coordinación de Policías Locales.

Artículo 12. Principios básicos de actuación.

Artículo 12. Principios básicos de actuación.

Los miembros de los Cuerpos de Policía Local deberán sujetarse en su actuación a los principios básicos recogidos en esta Ley y en el Capítulo II del Título I de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

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