Legislación › Ley 4/1992, de 8 de julio, de Coordinación de Policías Locales.
Artículo 9. Gestión Directa.
Artículo 9. Gestión Directa.
El ejercicio de las competencias de las Corporaciones Locales en el mantenimiento de la seguridad pública será prestado directamente por aquellas, no pudiendo reservar su ejercicio a sistemas de gestión indirecta del servicio.


