LexTotal

Legislación › Ley 1/1992, de 2 de julio, del Servicio de Salud del Principado de Asturias.

Artículo 14. El Director Gerente.

Artículo 14. El Director Gerente.

1. El Director Gerente asume las funciones de dirección y gestión del Servicio de Salud del Principado de Asturias.

2. El Director Gerente es nombrado y separado por decreto del Consejo de Gobierno a propuesta del titular de la Consejería competente en materia de sanidad. Para su nombramiento se atenderá a criterios de competencia profesional y experiencia.

Se modifica el apartado 2 por el art. 4 de la Ley 7/2014, de 17 de julio. BOE-A-2014-10576.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
25 de julio de 2014 En vigor BOE-A-2014-10576 Leer Qué cambió
2 de agosto de 1992 Texto original Leer

← Artículo 13 Índice Artículo 15 →