Legislación › Ley 1/1992, de 2 de julio, del Servicio de Salud del Principado de Asturias.
Artículo 45. Régimen jurídico.
Artículo 45. Régimen jurídico.
El régimen jurídico del personal del Servicio de Salud del Principado de Asturias se regirá por lo establecido en la norma específica que se dicte al amparo del artículo 1.3 de la Ley 3/1985, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Administración del Principado de Asturias, dentro del marco previsto en el artículo 84 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.


