Legislación › Real Decreto 1177/1992, de 2 de octubre, por el que, se reestructura la Comisión Permanente del Hormigón.
Disposición final única.
Disposición final única.
La composición de la Comisión Permanente del Hormigón podrá ser modificada por Orden del Ministro de Obras Públicas y Transportes, previa aprobación del Ministro de Administraciones Públicas, cuando tenga por objeto la adaptación de la citada Comisión a las reorganizaciones administrativas que se aprueben con posterioridad.
Se modifica por el art. 2.5 del Real Decreto 996/1999, de 11 de junio. BOE-A-1999-13896.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 25 de junio de 1999 En vigor | BOE-A-1999-13896 | Leer | Qué cambió |
| 9 de noviembre de 1992 | Texto original | Leer |
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