LexTotal

Legislación › Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

Artículo 69. Canon por ocupación o aprovechamiento del dominio público portuario.

Artículo 69. Canon por ocupación o aprovechamiento del dominio público portuario.

(Derogado)

Se deroga por la disposición derogatoria única.1 de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre. BOE-A-2003-21615

Se modifica por el art. único.26 de la Ley 62/1997, de 26 de diciembre. BOE-A-1997-27988

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
27 de febrero de 2004 En vigor BOE-A-2003-21615 Leer Qué cambió
19 de enero de 1998 BOE-A-1997-27988 Leer Qué cambió
15 de diciembre de 1992 Texto original Leer

← Artículo 68 Índice Artículo 69 bis →