Legislación › Real Decreto 1316/1992, de 30 de octubre, por el que se establecen los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior.
ANEXO B
ANEXO B
Animales y productos no sujetos a armonización pero cuyos intercambios se someterán a los controles establecidos en el presente Real Decreto
CAPÍTULO I
Legislación veterinaria. Otros animales vivos que no figuran en el capítulo I del anexo A.
CAPÍTULO II
Legislación veterinaria. Espermas, óvulos y embriones que no figuran en el capítulo I del anexo A.
Se modifica por la disposición adicional 3 y el anexo 3.2 del Real Decreto 2551/1994, de 29 de diciembre. BOE-A-1995-3553.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de febrero de 1995 En vigor | BOE-A-1995-3553 | Leer | Qué cambió |
| 2 de diciembre de 1992 | Texto original | Leer |


