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Legislación › Real Decreto 1316/1992, de 30 de octubre, por el que se establecen los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior.

ANEXO B

ANEXO B

Animales y productos no sujetos a armonización pero cuyos intercambios se someterán a los controles establecidos en el presente Real Decreto

CAPÍTULO I

Legislación veterinaria. Otros animales vivos que no figuran en el capítulo I del anexo A.

CAPÍTULO II

Legislación veterinaria. Espermas, óvulos y embriones que no figuran en el capítulo I del anexo A.

Se modifica por la disposición adicional 3 y el anexo 3.2 del Real Decreto 2551/1994, de 29 de diciembre. BOE-A-1995-3553.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de febrero de 1995 En vigor BOE-A-1995-3553 Leer Qué cambió
2 de diciembre de 1992 Texto original Leer

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