Legislación › Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.
Artículo 25. Base imponible.
Artículo 25. Base imponible.
La base estará constituida por el volumen de productos comprendidos dentro del ámbito objetivo del impuesto, expresado en hectolitros de producto acabado a la temperatura de 20 Grad. C.


