Legislación › Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.
Artículo 88. Habilitación a la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Artículo 88. Habilitación a la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
La Ley de Presupuestos Generales del Estado podrá modificar los supuestos de no sujeción, las exenciones y los tipos de gravamen del impuesto.
Se añade por el art. 2.15 de la Ley 22/2005, de 18 de noviembre. BOE-A-2005-19003


