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Legislación › Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.

Artículo 89. Naturaleza.

Artículo 89. Naturaleza.

El Impuesto Especial sobre la Electricidad es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo de electricidad y grava, en fase única, el suministro de energía eléctrica para consumo, así como el consumo por los productores de aquella electricidad generada por ellos mismos.

Se añade por el art. 3.8 de la Ley 28/2014, de 27 de noviembre. BOE-A-2014-12329.

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