LexTotal

Legislación › Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido y se modifica el Real Decreto 1041/1990, de 27 de julio, por el que se regulan las declaraciones censales que han de presentar a efectos fiscales los empresarios, los profesionales y otros obligados tributarios; el Real Decreto 338/1990, de 9 de marzo, por el que se regula la composición y la forma de utilización del número de identificación fiscal, el Real Decreto 2402/1985, de 18 de diciembre, por el que se regula el deber de expedir y entregar factura que incumbe a los empresarios y profesionales, y el Real Decreto 1326/1987, de 11 de septiembre, por el que se establece el procedimiento de aplicación de las Directivas de la Comunidad Económica Europea sobre intercambio de información tributaria.

Artículo 24 bis. Base imponible para ciertas operaciones.

Artículo 24 bis. Base imponible para ciertas operaciones.

En las operaciones en las que la base imponible deba determinarse conforme a lo dispuesto por el artículo 79diez de la Ley del Impuesto, la concurrencia o no de los requisitos que establece dicho precepto se podrá acreditar mediante una declaración escrita firmada por el destinatario de las mismas dirigida al sujeto pasivo en la que aquél haga constar, bajo su responsabilidad, que el oro aportado fue adquirido o importado con exención del impuesto por aplicación de lo dispuesto en el artículo 140 bis.uno.1.º de la Ley del Impuesto, o no fue así.

Se modifica por el art. 2.2 del Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre. BOE-A-2003-21845

Se añade por el art. 1.2 del Real Decreto 3422/2000, de 15 de diciembre. BOE-A-2000-22718

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de diciembre de 2003 En vigor BOE-A-2003-21845 Leer Qué cambió
16 de diciembre de 2000 BOE-A-2000-22718 Leer

← Título IV bis Índice Artículo 24 ter →