Legislación › Instrucción
Instrucción de 10 de febrero de 1992, de la Junta Electoral Central, en relación con el voto por correo de las personas que se encuentren en situación de enfermedad o incapacidad que les impida la formulación personal de la solicitud de la documentación a que se refiere el articulo 72 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
En vigor Junta Electoral Central · Publicada el 14 de febrero de 1992 · Último cambio el 14 de febrero de 1992 · Ver en el BOE


