Legislación › Ley 38/1991, de 30 de diciembre, de Instalaciones Destinadas a Actividades con Niños y Jóvenes.
Disposición final.
Disposición final.
El Gobierno de la Generalidad y el titular del departamento competente en la materia objeto de la presente Ley dictarán las normas precisas para su desarrollo antes de un año, a contar desde la fecha de su publicación en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña».


