Legislación › Ley 38/1991, de 30 de diciembre, de Instalaciones Destinadas a Actividades con Niños y Jóvenes.
Disposición transitoria tercera.
Disposición transitoria tercera.
El Gobierno de la Generalidad impulsará la creación de un grupo de estudio sobre la armonización de la reglamentación catalana y la del resto de la Europa comunitaria relativa a las instalaciones objeto de la presente Ley.
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