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Legislación › Resolución de 24 de marzo de 1992, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución de funciones a la inspección de los tributos en el ámbito de la competencia del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria.

Disposición adicional segunda.

Disposición adicional segunda.

A petición del titular de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes:

a) El titular del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria podrá autorizar la colaboración de funcionarios de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude y de la Oficina Nacional de Fiscalidad Internacional en actuaciones propias de Equipos de la Dependencia de Control Tributario y Aduanero de la Delegación Central.

b) El correspondiente Delegado Especial de la Agencia Tributaria podrá autorizar que los funcionarios, Equipos o Unidades de Inspección que fueran competentes por razón del domicilio colaboren en las actuaciones de la Dependencia de Control Tributario y Aduanero de la Delegación Central respecto a los obligados tributarios adscritos a ésta.

Cuando concurran razones de organización o planificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 del Reglamento general de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, el titular del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria podrá acordar la extensión de las competencias de la Dependencia de Control Tributario y Aduanero o de los Equipos integrados en la misma, al ámbito de las Delegaciones Especiales, oídos los Delegados afectados.

Estas autorizaciones deberán constar en el correspondiente expediente y se exhibirán por los funcionarios autorizados a petición del obligado tributario.

Se modifica por el apartado único.7 de la Resolución de 19 de marzo de 2025. BOE-A-2025-6949

Se modifica por el apartado único.6 de la Resolución de 4 de abril de 2019. BOE-A-2019-5023

Se modifica por el art.único.10 de la Resolución de 13 de marzo de 2013. BOE-A-2013-2811.

Se renumera por el apartado 10 de la Resolución de 12 de diciembre de 2007. BOE-A-2007-22252.

Su anterior numeración era apartado Diez.ter

Se modifica por los apartados 6 y 7 de la Resolución de 20 de marzo de 2003. BOE-A-2003-5908.

Su anterior numeración era apartado Catorce.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de abril de 2025 En vigor BOE-A-2025-6949 Leer Qué cambió
6 de abril de 2019 BOE-A-2019-5023 Leer Qué cambió
1 de abril de 2013 BOE-A-2013-2811 Leer Qué cambió
1 de enero de 2008 BOE-A-2007-22252 Leer Qué cambió
25 de marzo de 2003 BOE-A-2003-5908 Leer Qué cambió
1 de abril de 1992 Texto original Leer

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