Legislación › Resolución de 24 de marzo de 1992, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución de funciones a la inspección de los tributos en el ámbito de la competencia del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria.
Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda.
A petición del titular de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes:
a) El titular del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria podrá autorizar la colaboración de funcionarios de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude y de la Oficina Nacional de Fiscalidad Internacional en actuaciones propias de Equipos de la Dependencia de Control Tributario y Aduanero de la Delegación Central.
b) El correspondiente Delegado Especial de la Agencia Tributaria podrá autorizar que los funcionarios, Equipos o Unidades de Inspección que fueran competentes por razón del domicilio colaboren en las actuaciones de la Dependencia de Control Tributario y Aduanero de la Delegación Central respecto a los obligados tributarios adscritos a ésta.
Cuando concurran razones de organización o planificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 del Reglamento general de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, el titular del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria podrá acordar la extensión de las competencias de la Dependencia de Control Tributario y Aduanero o de los Equipos integrados en la misma, al ámbito de las Delegaciones Especiales, oídos los Delegados afectados.
Estas autorizaciones deberán constar en el correspondiente expediente y se exhibirán por los funcionarios autorizados a petición del obligado tributario.
Se modifica por el apartado único.7 de la Resolución de 19 de marzo de 2025. BOE-A-2025-6949
Se modifica por el apartado único.6 de la Resolución de 4 de abril de 2019. BOE-A-2019-5023
Se modifica por el art.único.10 de la Resolución de 13 de marzo de 2013. BOE-A-2013-2811.
Se renumera por el apartado 10 de la Resolución de 12 de diciembre de 2007. BOE-A-2007-22252.
Su anterior numeración era apartado Diez.ter
Se modifica por los apartados 6 y 7 de la Resolución de 20 de marzo de 2003. BOE-A-2003-5908.
Su anterior numeración era apartado Catorce.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de abril de 2025 En vigor | BOE-A-2025-6949 | Leer | Qué cambió |
| 6 de abril de 2019 | BOE-A-2019-5023 | Leer | Qué cambió |
| 1 de abril de 2013 | BOE-A-2013-2811 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2008 | BOE-A-2007-22252 | Leer | Qué cambió |
| 25 de marzo de 2003 | BOE-A-2003-5908 | Leer | Qué cambió |
| 1 de abril de 1992 | Texto original | Leer |


