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Legislación › Ley 4/1993, de 18 de marzo, del sistema bibliotecario de Cataluña.

Disposición adicional segunda. Transferencias de la Generalidad a las comarcas.

Disposición adicional segunda. Transferencias de la Generalidad a las comarcas.

El Gobierno de la Generalidad transferirá por decreto a los consejos comarcales los medios personales y materiales necesarios para el ejercicio de las funciones que hasta la entrada en vigor de esta Ley ejercía la Generalidad y que, según la presente Ley, corresponden a las comarcas.

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