Legislación › Orden de 17 de mayo de 1993 por la que se establece la normalización de los pasaportes fitosanitarios destinados a la circulación de determinados vegetales, productos vegetales y otros objetos dentro de la Comunidad, y por la que se establecen los procedimientos para la expedición de tales pasaportes y las condiciones y procedimientos para su sustitución.
Art. 2. Organismos oficiales responsables.
Art. 2. Organismos oficiales responsables.
Los Organismos oficiales responsables del pasaporte fitosanitario serán:
Los órganos competentes de las Comunidades Autónomas respecto de los productores, comerciantes y almacenistas.
La Subdirección General de Agricultura Integrada y Sanidad Vegetal de la Dirección General de Agricultura respecto a los importadores con actividad únicamente de importación.
Se modifica el párrafo tercero por el art. único.2 de la Orden APA/1439/2005, de 17 de mayo. BOE-A-2005-8425.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de mayo de 2005 En vigor | BOE-A-2005-8425 | Leer | Qué cambió |
| 1 de junio de 1993 | Texto original | Leer |


