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Legislación › Real Decreto 674/1993, de 7 de mayo, sobre provisión de puestos de trabajo en el extranjero y ascensos de los funcionarios de la Carrera Diplomática.

Artículo 2.

Artículo 2.

Los funcionarios de nuevo ingreso en la Carrera Diplomática lo harán en la categoría de Secretario de Embajada de tercera clase.

Se modifica por el art. 1 del Real Decreto 805/2000, de 19 de mayo. BOE-A-2000-10561.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de junio de 2000 En vigor BOE-A-2000-10561 Leer Qué cambió
26 de mayo de 1993 Texto original Leer

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