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Legislación › Real Decreto 677/1993, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento para la concesión de apoyo oficial al crédito a la exportación mediante convenios de ajuste recíproco de intereses.

Artículo 3. Requisitos.

Artículo 3. Requisitos.

1. Para la formalización de los convenios deberán concurrir los requisitos siguientes:

a) Que los correspondientes créditos estén denominados en pesetas o en cualquiera de las divisas admitidas a cotización en el mercado de divisas de Madrid.

b) Que el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo autorice dicha formalización.

2. El Departamento citado podrá autorizar genéricamente aquellas operaciones que reúnan las condiciones y se sujeten a los requisitos que a este fin se establezcan.

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