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Legislación › Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública.

Artículo 28.

Artículo 28.

El Consejero de Presidencia adjudicará el destino de los funcionarios de nuevo ingreso, en el plazo de tres meses, a contar desde su nombramiento y según lo establecido en la convocatoria de acceso, respetando las preferencias de orden que se determinen en la propuesta elevada por el Tribunal u órganos de selección.

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