Legislación › Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública.
Artículo 62.
Artículo 62.
El funcionario tiene el deber general de sigilo en lo que atañe a la función desempeñada y especialmente el de secreto profesional sobre datos y situaciones que conozca por razón del cargo y cuya divulgación pueda dañar o crear riesgo para los intereses públicos o al interés de los particulares afectados.


