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Legislación › Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública.

Artículo 62.

Artículo 62.

El funcionario tiene el deber general de sigilo en lo que atañe a la función desempeñada y especialmente el de secreto profesional sobre datos y situaciones que conozca por razón del cargo y cuya divulgación pueda dañar o crear riesgo para los intereses públicos o al interés de los particulares afectados.

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