Legislación › Ley 4/1993, de 21 de abril, de Archivos y Patrimonio Documental de la Comunidad de Madrid.
Artículo 26.
Artículo 26.
Los titulares de los Fondos y Centros de Archivo y de los documentos constitutivos de Patrimonio Documental Madrileño están obligados a su custodia, conservación, organización, control, recuperación y servicio, y al cumplimiento de cualesquiera otros deberes y cargas en relación con los mismos, impuestos por la normativa vigente.


