Legislación › Ley 4/1993, de 21 de abril, de Archivos y Patrimonio Documental de la Comunidad de Madrid.
Artículo 27.
Artículo 27.
El Consejo de Gobierno y la Administración de la Comunidad de Madrid están obligados a:
a) Exigir la entrega de los documentos de Archivo generados, recibidos o reunidos por quienes desempeñan cargos o puestos públicos en el ejercicio de los mismos al que les sustituya o remitirlo al Archivo que corresponda, al cesar en sus funciones.
b) Velar para que los propietarios, conservadores y usuarios de los Archivos y documentos constitutivos del Patrimonio Documental Madrileño cumplan las obligaciones definidas por la Ley y soporten las consecuencias de su incumplimiento.


