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Legislación › Real Decreto 1392/1993, de 4 de agosto, por el que se regula el procedimiento sancionador de las infracciones administrativas en materia de control de cambios.

Artículo 10.

Artículo 10.

Las resoluciones de los procedimientos regulados en el presente Real Decreto pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivas, según lo dispuesto en el artículo 138.3 de la Ley 30/1992. La ejecución se ajustará a lo previsto en dicha Ley y en el artículo 13 del Real Decreto 1816/1991.

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