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Legislación › Ley 2/1993, de 15 de julio, de Caza de Castilla-La Mancha.

Artículo 2.

Artículo 2.

A los efectos de esta Ley se considera acción de cazar la ejercida por las personas mediante el uso de procedimientos o medios apropiados para la captura, vivas o muertas, de piezas de especies declaradas objeto de caza.

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