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Legislación › Ley 8/1993, de 19 de octubre, de Creación del Consejo Consultivo de Andalucía.

Disposición adicional tercera.

Disposición adicional tercera.

Los miembros del Consejo Consultivo que mantengan una relación de servicios con una Administración Pública distinta de la Administración de la Junta de Andalucía, requerirán para su incorporación la autorización de aquélla.

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