Legislación › Ley 22/1993, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de reforma del régimen jurídico de la función pública y de la protección por desempleo.
Disposición final segunda.
Disposición final segunda.
1. La presente Ley entrará en vigor el día 1 de enero de 1994, salvo la disposición adicional decimocuarta que entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Se deroga el apartado 2 por la disposición derogatoria única.w).3 del texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio. BOE-A-1994-14960.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de septiembre de 1994 En vigor | BOE-A-1994-14960 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1994 | Texto original | Leer |


