Legislación › Ley 8/1992, de 16 de diciembre, para la determinación de la capitalidad de los partidos judiciales de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Artículo 2.
Artículo 2.
Se establece en el municipio de Laredo la capitalidad del partido judicial cuyo ámbito territorial está integrado por el de los municipios de Ampuero, Arredondo, Colindres, Laredo, Liendo, Limpias, Ramales de la Victoria, Rasines, Ruesga, Soba y Voto.


