Legislación › Ley 8/1992, de 16 de diciembre, para la determinación de la capitalidad de los partidos judiciales de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Artículo 6.
Artículo 6.
Se establece en el municipio de Santoña la capitalidad del partido judicial cuyo ámbito territorial está integrado por el de los municipios de Argoños, Arnuero, Bárcena de Cicero, Bareyo, Escalante, Hazas de Cesto, Meruelo, Noja, Ribamontán al Mar, Ribamontán al Monte, Santoña y Solórzano.


